Construir un cobertizo para herramientas en terrenos agrícolas: ¿es posible sin permisos?

Construir un cobertizo para herramientas en terrenos agrícolas: ¿es posible sin permisos?

¿Tienes en mente construir un cobertizo de herramientas en su tierra de cultivo?

O de nuevo, desea colocar uno cabaña de troncos en tu jardín ¿tal vez para guardar los muebles de exterior, o simplemente para dejar jugar a los niños?

Hay tantas situaciones de este tipo, muchas más de las que puedas imaginar. Desde el gallinero, al cobertizo de herramientas, pasando por la construcción de marquesinas, o estructuras como marquesinas y cenadores, bajo los que encontrarse o que simplemente sirven para aparcar el coche al abrigo de la intemperie.

Pero también un tobogán, un columpio, una estación de barbacoa fija, o la construcción de un pequeño horno de leña de ladrillo, para disfrutar de una pizza con amigos, podría convertirse en un problema.

En estas situaciones uno tiene que hacer, a todos los efectos, con pequeños edificios que todavía tienen un impacto visual en muchos casos también importante desde el punto de vista volumétrico.

Dado que, en la mayoría de los casos, esto puede ser comprendió en absoluta autonomía, usando “hazlo tu mismo”, ¿es legítimo pensar que es posible proceder como nos plazca, sin pedirle nada a nadie? Por otro lado estamos dentro de nuestra propiedad, pero si tu vecino tiene algo que decir, ¿tiene derecho a ello o no? Basta con estar dotado de algunas habilidades manuales y pasar unos días trabajando, quizás incluso recurriendo a la ayuda y complicidad de amigos y familiares, ¿o no?

He aquí, pues, que antes de emprender grandes proyectos es bueno preguntarse: hasta donde es posible llegar sin pedir permiso datos municipales? Cuándo se necesita y cuándo no es necesario utilizar uno ¿permiso de construcción?

Tratemos de aclarar esto porque, sobre todo en verano, se multiplican las construcciones ilegales de pequeñas dimensiones y en los jardines brotan diversos tipos de casas y artefactos: fuentes, estatuillas, juegos, etc. ¡Todo depende de si son abusivos o no!

– Pequeñas edificaciones: legislación y autorizaciones

Especialmente con la llegada de la primavera y el verano, muchas personas se preguntan: pero si quisiera construir una casita, un cobertizo para herramientas, una barbacoa de ladrillo, un refugio, un mirador, un parque infantil o cualquier otra cosa dentro de mi jardín, ¿podría hacerlo sin decirle nada a nadie o debo pedir permisos específicos? Y si es así, ¿cuáles?

Empezamos a aclarar enseguida, que dentro del Ley Refundida de la Construcción (Decreto Presidencial 380 de 2001), no encontramos una definición específica y precisa de lo que generalmente definiríamos como edificios pequeños.

Dicho esto, el art. 3, apartado 1, contiene la definición de las distintas intervenciones en la edificación, donde entre obra nueva, sujeto a presentación de permiso para construir en el punto e5) encontramos: “la instalación de artefactos de iluminación, incluidos los prefabricados, y estructuras de cualquier tipo, tales como caravanas, campers, casas rodantes, embarcaciones, que se utilicen como viviendas, lugares de trabajo, o como depósitos, almacenes y similares, con excepción de los que se destinen a satisfacer necesidades meramente temporales o se incluyan en instalaciones de alojamiento al aire libre para el descanso y estancia de los turistas, previamente autorizadas en materia de urbanismo, edificación y, en su caso, paisajismo, en cumplimiento de la normativa sectorial autonómica“..

Al arte. 6, en cambio, donde las intervenciones de Actividad de construcción gratuita en el apartado 1, letra e-quinquies) encontramos expresamente indicado “las áreas de juego sin fines de lucro y los elementos de decoración de las áreas anexas de los edificios“.

La llamada Decreto Scia 2 (norte. 222 de 2016), con el objetivo de simplificar y agilizar los procedimientos existentes, ha amplió el abanico de posibilidades realización en Edificio Libre y aclarado cuándo es posible ejecutarla sin recurrir a autorización alguna. Así, mediante este decreto, se liberalizan prácticamente todos los elementos de amueblamiento de las zonas anexas de los edificios, tales como: columpios, toboganes, pero también casitas de juego, bancos fijos, barbacoas de obra, fuentes, muros, jardineras, etc…

En el Diario Oficial se publicó entonces (recién el 7 de abril de 2018, tras el decreto ministerial de 2 de marzo de 2018) un glosario de bien 58 artículos que contiene el lista puntual de la intervenciones de construcción alcanzable sin tener que pedir autorizaciones o presente comunicaciones que entró en vigor oficialmente el 22 de abril de 2018. Esta lista de obras que se pueden realizar sin ninguna calificación aún no es exhaustiva, sin embargo ya es un paso adelante y ayuda a aclarar.

Por ejemplo, a través de este glosario, emerge claramente como la realización de cenadores, pérgolas, pergotende, cubiertas de muebles ligeros y divisores verticales ornamentales así como de cobertizos para herramientas y de refugios de animales hogar y jardín, siempre que sean de tamaño limitado y no estén fijados de forma estable al suelo deben ser considerados actividades gratuitas. La discrecionalidad sobre las dimensiones en la realidad permanece y esto, obviamente, todavía puede generar perplejidades.

Dicho esto, si pavimentar una zona de tu jardín (siempre y cuando sigan existiendo las relaciones filtrantes) cubriéndola con una pérgola para aparcar debajo del coche, es algo que se te ocurre hacer sin pedir permiso a nadie, un verdadero garaje sin permiso de obras no se puede construir aunque sea prefabricado!

Recuerde también que siempre es necesario hacer referencia a la Construyendo regulaciones del Municipio donde se encuentra. Por eso siempre sería deseable pedir una opinión por adelantado en su Municipio antes de proceder a la instalación de cualquiera de los artefactos antes mencionados, especialmente si no se trata de mobiliario sencillo, fácilmente movible y claramente removible, pero que pueda considerarse que tiene cierto carácter de estabilidad.

– Caseta de herramientas reglamentaria

los casitas así como yo cobertizos para herramientas por lo general son los artefactos que se prestan a grandes disputas también porque su presencia difícilmente pasa desapercibida a la mirada atenta y atenta del vecino.

¿Es posible, por tanto, pensar en instalar casas de jardín de madera sin licencia de obra? Si es así, ¿Qué permisos municipales necesita obtener?

Por supuesto, entre todos los que tienen una pequeña casa en el jardín, en lugar de un pequeño almacén de herramientas en la tierra agrícola o al lado de su huerta, la mayoría no pidió nada a nadie e hizo lo que quiso. Por otro lado, un cobertizo para guardar cortadoras de césped, corta setos, motosierras, regaderas, aspersores y todo lo que pueda ser utilizado para el cuidado de sus espacios verdes es absolutamente indispensable para los amantes de la jardinería, especialmente para los apasionados o profesionales. , cultivar una huerta o campos.

De hecho, es una opinión común que el realización de un cobertizo para herramientas en tierras agrícolas es posible sin ningún permiso de construcción, dado que los terrenos agrícolas normalmente no son aptos para la construcción o están sujetos a restricciones paisajísticas y/o ambientales particulares.

En realidad, si se trata de un terreno agrícola o del jardín de tu casa, ubicado en el centro del pueblo, ¡no importa! Si un cobertizo para herramientas, por prefabricado que sea, no entra dentro de los casos de construcción libre, o si exceder el límite máximo de superficie dentro de la cual se puede construir sin declarar nada a nadie, entonces para construirse se requiere de un permiso de obras. Teóricamente podría ser incluso real. permiso para construir (PdC), pero mucho depende de dónde estés operando. Por estos motivos, siempre es recomendable informarse previamente en la Oficina Técnica de su Municipio, para asegurarse de respetar las normas de construcción vigentes y no cometer un abuso.

También porque, antes que nada, es fundamental entender cuándo se puede considerar una casa pequeña o un cobertizo para herramientas. no está firmemente fijado al suelo. Hablando de eso, tienes que ser honesto, en general, ¡casi siempre lo son! En segundo lugar, hemos visto de qué habla la ley “Tamaño limitado” pero el concepto dimensional es algo arbitrario y cada administración tiene su propia visión de las cosas.

Nuestro Consejo por tanto, antes de instalar cualquier artefacto, sobre todo si es especialmente voluminoso, es siempre el de consultar previamente en la Municipalidad para evitar cometer un verdadero Abuso de edificios ¡por una simple casa de madera o un cobertizo para herramientas!